Registro y Sello de Libros de Actas

Requisitos

Solicitud firmada por el representante legal, acompañada de los respectivos libros: 

  • Órgano de Dirección: Asambleas Generales.

  • Órgano de Administración: Reuniones Comité Ejecutivo

Para tener en cuenta:

IMPORTANTE:

  1. Cada libro debe entregarse rotulado, con indicación de su destinación.

  2. Sólo pueden registrarse los libros en blanco; cada libro debe llevar una numeración sucesiva y continua; si los libros son de hojas continuas removibles o de tarjeta, cada hoja debe identificarse con una codificación.

  3. Para el registro de nuevos libros se deben allegar los libros anteriores, o un certificado del revisor fiscal, o en su defecto de un contador público en el que conste las razones por las cuales los libros deben ser sustituidos. Si la falta de los libros se debe a pérdida, extravío o destrucción, se debe presentar copia del denuncio correspondiente.

Término: 8 días hábiles



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