Registro y Sello de Libros de Actas
Requisitos
Solicitud firmada por el representante legal, acompañada de los respectivos libros:
-
Órgano de Dirección: Asambleas Generales.
-
Órgano de Administración: Reuniones Comité Ejecutivo
Para tener en cuenta:
IMPORTANTE:
-
Cada libro debe entregarse rotulado, con indicación de su destinación.
-
Sólo pueden registrarse los libros en blanco; cada libro debe llevar una numeración sucesiva y continua; si los libros son de hojas continuas removibles o de tarjeta, cada hoja debe identificarse con una codificación.
-
Para el registro de nuevos libros se deben allegar los libros anteriores, o un certificado del revisor fiscal, o en su defecto de un contador público en el que conste las razones por las cuales los libros deben ser sustituidos. Si la falta de los libros se debe a pérdida, extravío o destrucción, se debe presentar copia del denuncio correspondiente.
Término: 8 días hábiles